Reglamento de asistencia jurídica gratuita

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By Fernando Not

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La Justicia requiere inversión de tiempo y, en mayor medida, de dinero, no sólo de quien la administra, sino de quien la reclama. Pero la justicia también puede ser gratuita para la ciudadanía, que demanda de forma creciente este servicio. El objetivo de Asistencia Jurídica Gratuita es impedir la indefensión y eliminar discriminaciones por razones económicas, así como facilitar la justicia gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos- Gestionado por los 83 colegios de abogados españoles, este mecanismo responde al derecho constitucional de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos legítimos. Impedir la indefensión y eliminar discriminaciones por razones económicas, facilitando justicia gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos son los objetivos de la Ley 1/1996 de 10 de enero de Asistencia Jurídica Gratuita y de su reglamento de desarrollo. La gratuidad se extiende a los servicios de abogados y procuradores y a los informes periciales judiciales pertinentes, además de concederse reducciones en publicación de edictos o en aranceles registrales. Para ello, el ciudadano debe acreditar la insuficiencia de recursos. La justicia gratuita es un servicio público a favor de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Su objetivo es impedir la indefensión por razones económicas. En primer lugar brinda asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso, tanto con el fin de evitar el litigio como de analizar la viabilidad del caso y la defensa y representación gratuitas. Pero, además, la justicia gratuita presta los siguientes servicios:

La asistencia de abogado al detenido o preso que no lo hubiera designado.

La inserción gratuita de anuncios o edictos.

La exención de pago de depósitos necesarios para la interposición de recursos.

La asistencia pericial gratuita en el proceso a cargo del personal técnico adscrito a los órganos jurisdiccionales o, en su defecto, a cargo de funcionarios, organismos o servicios técnicos dependientes de las administraciones públicas.

La obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales.

La reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por el otorgamiento de escrituras públicas y por la obtención de notas, certificados, anotaciones, asientos e inscripciones en los egistros de la propiedad y mercantil, todo ello cuando tengan relación directa con el proceso y sean requeridos por el órgano judicial o sirvan para fundamentar su pretensión. Los derechos arancelarios no se percibirán cuando el interesado acredite ingresos por debajo del IPREM.

En los colegios de abogados, de los 83 que hay en España, se utiliza la tramitación electrónica desarrollada por el Consejo General de la Abogacía Española a través del portal www.justiciagratuita.es.

Reglamento de asistencia jurídica gratuita